SENASA establece requisitos fitosanitarios para la importación de plantas in vitro de camote de Israel
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5/21/2016 - Por Senasa Perú
Ante el riesgo que podría ocasionar el ingreso de plagas, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA,determinó los requisitos fitosanitarios de importación de plantas in vitro de camote (Ipomoea batatas) de origen y procedencia de Israel.
Fuente: SENASA
Foto: Agraria.pe
Foto: Agraria.pe
La Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA, realizó el estudio de análisis de riesgo de plagas con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios, siendo los siguientes:
El envío debe contar con el Certificado Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador, previo a la certificación y embarque en el país de origen.
Asimismo, el Certificado Fitosanitario oficial del país de origen debe consignar la declaración de la procedencia de las plantas in vitro de bancos de germoplasma o viveros registrados e inspeccionados por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF de residencia.
El medio de cultivo deberá contar con la certificación de la ONPF que verifique la no presencia de plagas y al momento del envío, los envases deben ser nuevos, transparentes y herméticamente cerrados, etiquetados y rotulados con la identidad del producto.
Además, al llegar al Perú, un inspector del SENASA tomará una muestra a fin de descartar la presencia de algún mal, entre otros requisitos que podrán ser revisados en la Ventanilla Única de Comercio Exterior –VUCE.
Vale indicar que, los requisitos fitosanitarios se instauraron bajo Resolución Directoral N° 0016-2016-MINAGRI-SENASA-DSV publicada en el Diario Oficial El Peruano. También, el proyecto de norma pasó por un periodo de consulta pública ante la Organización Mundial de Comercio y luego de culminado el plazo, se aprobó.